Inicio Noticias Internacionales ESPAÑA: EMPRESAS SON OBLIGADAS A TENER PROTOCOLO A FAVOR DE LOS...

ESPAÑA: EMPRESAS SON OBLIGADAS A TENER PROTOCOLO A FAVOR DE LOS LGTB

300

El Ejecutivo se comprometía a explicar el protocolo en un reglamento posterior, pero a pocos días de entrar en vigor, las empresas siguen sin recibir la guía.


Redacción por Hispanidad – hispanidad.com


La Reforma Laboral de la ministra trabajadora ha cumplido dos años. Además de conseguir ser el país con más paro de toda la Unión Europea y toda la OCDE, Yolanda quiere más. 

Yoli quiere la reducción de jornada, quiere que los ciudadanos vivan mejor y que el espacio de trabajo «sea un lugar seguro». ¿Para todos, todas y todes? No, quiere que sea seguro para las personas LGTBI. Y es que el Gobierno aprobó hace un año, el 28 de febrero, la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, más conocida como la Ley Trans de Irene Montero. 

En la norma se estipulaba una obligación para las empresas de más de 50 trabajadores: disponían de un año para incluir un protocolo de actuación que asegurara la igualdad del colectivo LGTBI. El Ejecutivo se comprometía a explicar el protocolo en un reglamento posterior. 

Pero después de un año y a pocos días de entrar en vigor, se preveía el 2 de marzo, el Gobierno todavía no ha hecho ese desarrollo y hasta la pasada semana no convocó por primera vez a los agentes sociales para negociar su contenido.

Pese al retraso, Yolanda ha asegurado que es de vital importancia acelerar el proceso y conseguir tener el desarrollo cuanto antes: «No podemos ni debemos privarnos del talento que las personas Lgtbi aportan al mundo empresarial… Estamos hablando de tener empresas mucho más saludables y mucho más democráticas«, «es una evidencia que las personas Lgtbi, en nuestro país y en el mundo, sufren discriminaciones brutales». 

Se espera que el desarrollo contemple una guía de medidas y recursos para que las empresas alcancen «la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI», estableciendo un protocolo de actuación en caso de acoso o violencia y contemplando una serie de medidas «disuasorias» para evitarlo: «Las personas tienen derecho a salir del armario dentro y fuera de la empresas«, reivindicó Joaquín Pérez-Rey, secretario de Estado de Empleo. 

Pero claro, ya sabemos en qué se traduce lo de medidas «disuasorias»: multas. Y es que la norma incluye infracciones, de las que no se conoce todo su desarrollo, aunque sí se puede adelantar que se considerará leve la utilización de expresiones vejatorias por razón de su orientación o identidad sexual; negarse a participar o no facilitar la acción investigadora de la Inspección; o causar daños a bienes de personas LGTBI: con multas de 200 a 2.000 euros.

Luego tenemos las graves, entre las que encontramos que no se retiren las expresiones vejatorias, que se dé un trato desfavorable a la persona por su orientación o identidad sexual: multas de entre 2.000 y 10.000 euros y la supresión de subvenciones y la prohibición de acceder a ayudas públicas o de contratar con la Administración. 

Y también está las muy graves: acoso discriminatorio, represalias tras una denuncia, negativa a atender o asistir a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación: multas de 10.000 a 150.000 euros, cierre de establecimiento por tres años y el cese en la actividad económica o profesional desarrollada por la persona infractora por un término máximo de tres años.

A lo que hay que sumar la Ley de Empleo por la que las personas LGTBI tendrán prioridad a la hora obtener un trabajo. En concreto en el Capítulo V, denominado ‘Colectivos de atención prioritaria para la política de empleo’, artículo 50: «Se considerarán colectivos vulnerables de atención prioritaria, a los efectos de esta ley a las personas jóvenes especialmente con baja cualificación; desempleados de larga duración; personas con discapacidad; personas con capacidad intelectual límite; personas Lgtbi (en particular trans); mayores de 45 años y personas migrantes.