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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL PONE LAS COSAS CLARAS: LOS JUECES NO PUEDEN INTERFERIR ANTE LA JNE RESPECTO AL CRONOGRAMA ELECTORAL DEL 2026

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Al cierre de esta edición, se conoció que el Tribunal Constitucional aprobó el pedido de medida cautelar para ordenar al Poder Judicial la abstención en demandas que puedan alterar los comicios del 2026.

Hace unas semanas, el JNE había presentado una demanda competencial. El mediático fallo del juez John Paredes, a favor de una agrupación izquierdista, motivó a esta medida legal.
Respeto a etapas

“Si bien contra las resoluciones del JNE puede admitirse el amparo, los órganos del PJ no poseen la competencia para modificar el cronograma electoral, el cual debe seguir su curso inexorable cada vez que precluye alguna de sus etapas”, es uno de los argumentos.

Específicamente, el Tribunal Constitucional ha ordenado a los jueces constitucionales evitar pronunciamientos que alteren la estabilidad del sistema democrático, tomando en cuenta el derecho de los peruanos a votar libremente.