Se acreditó que la sanción impuesta a Víctor Ticona fue arbitraria, ilegal e inconstitucional.
Redacción RPP
El Tribunal Constitucional (TC) declaró nula la Resolución 039-2021 de la Junta Nacional de Justicia que en julio de 2021 destituyó al expresidente del Poder Judicial y del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Víctor Ticona Postigo, al haberse acreditado que esta es arbitraria, ilegal e Inconstitucional.
Fue al declarar fundada, en parte, la demanda de amparo que el exmagistrado interpuso contra la referida entidad que le inició un procedimiento disciplinario por supuesta relación con el exjuez supremo César Hinostroza Pariachi.
Se indica que la resolución de la JNJ constituye “una vulneración flagrante del procedimiento establecido por ley, lo que resulta a todas luces inconstitucional” al someter a un juez supremo a un procedimiento disciplinario “inmediato” no previsto en su Ley Orgánica, pues esta dispone realizar una “investigación preliminar” para el inicio del procedimiento disciplinario correspondiente.
“Por tanto, al exceder el contenido de una ley orgánica, dicha norma reglamentaria (se aplicó el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la JNJ) resulta inconstitucional, por vulnerar el principio de jerarquía normativa reconocido en el artículo 51 de la Constitución Política”, se argumenta.
El TC también precisa que en el procedimiento disciplinario inmediato seguido contra Ticona Postigo es arbitrario, pues “se advierte de forma adicional la vulneración de los principios de proporcionalidad y razonabilidad de la sanción”.
Así, se señala que al citado exmagistrado se le dictó la sanción más severa, pero “de las resoluciones emitidas en el citado procedimiento no se aprecia una adecuada motivación que justifique la aplicación de dicha sanción”.
Asimismo, en su fundamento 73, el Alto tribunal ordena a la JNJ no volver a incurrir en las acciones que motivaron la interposición de la presente demanda.