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MONSEÑOR DE MOYOBAMBA Y SUS SACERDOTES SOLICITAN AL PAPA FRANCISCO DEJAR SIN EFECTO FIDUCIA SUPPLICANS

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En total unanimidad, sin fisuras, la cincuentena de sacerdotes que trabajamos actualmente en la Prelatura de Moyobamba, acatamos, suscribimos y agradecemos el Mensaje Pastoral de nuestro Obispo Prelado, Monseñor Rafael Escudero López-Brea respecto a la Declaración del Dicasterio para la Doctrina de la Fe «Fiducia Supplicans». Asi empieza el comunicado de todos los sacerdotes de la prelatura peruana, en apoyo a la carta pastoral de su obispo, Mons. Rafael Escudero.


Redacción InfoCatólica – infocatolica.com


Mons. Rafael Escudero López-Brea, obispo prelado de Moyobamba (Perú), hizo público ayer un mensaje pastoral en el que «ante el desconcierto sin precedentes provocado por la Declaración Fiducia supplicans», ordenaba «seguir la praxis ininterrumpida de la Iglesia hasta la fecha, que es bendecir a toda persona que pida una bendición, y no a las parejas del mismo sexo o en situación irregular».

El prelado aseguró que tal declaración daña la comunión en la Iglesia y calificó de horrendo sacrilegio la bendición de parejas homosexuales o heterosexuales no casadas por la Iglesia.

Hoy, todos sus sacerdotes, han querido sumarse a las palabras de su obispo, mediante un mensaje en el que piden al Papa que anule dicho documento y la posiblidad de bendecir situaciones objetivas de pecado, lo cual impide de forma clara el arrepentimiento del pecador:

Mensaje de los sacerdotes de la prelatura de Moyobamba, sobre la declaración «Fiducia Supplicans»

En total unanimidad, sin fisuras, la cincuentena de sacerdotes que trabajamos actualmente en la Prelatura de Moyobamba, acatamos, suscribimos y agradecemos el Mensaje Pastoral de nuestro Obispo Prelado, Monseñor Rafael Escudero López-Brea respecto a la Declaración del Dicasterio para la Doctrina de la Fe «Fiducia Supplicans».

Ninguno de nosotros hemos negado jamás una bendición, aún más, ni siquiera la absolución sacramental o la sagrada comunión a ninguna persona que se haya acercado a implorar los auxilios de la Iglesia con una mínima contricción y propósito de la enmienda, en comunión con la enseñanza ininterrumpida de la Santa Iglesia de Dios.

Ante la confusión y perplejidad que ha provocado la Declaración, suplicamos al Santo Padre, el Papa Francisco, a quien reconocemos como Obispo de Roma y Sucesor de Pedro, que anule la validez del documento y toda afirmación que permita la administración de sacramentos o bendiciones a personas en pecado mortal objetivo sin arrepentimiento y deseo de conversión. Nosotros, también envueltos en pecado, creemos firmemente que no hay mayor caridad que acompañar, a todo el que se nos acerca, hacia la plena comunión y la gracia que les hace herederos de la vida eterna. Mientras no llegan a ese deseo de conversión, siempre les hemos acogido cordialmente, respetando su proceso personal e invocando sobre ellos, individualmente, la bendición de Dios que les ayude a salir del estado en el que, con tanto dolor, viven.

Que nadie piense que este mensaje nos sitúa en rebeldía, como lo están aquellos obispos y sacerdotes, especialmente de Europa central y norte, que desobedecen desde hace años, sin ningún recato las enseñanzas inveteradas de la Santa Iglesia de Dios y de los últimos Papas, incluido el Papa Francisco, rompiendo la unidad de la Iglesia en la Verdad y en la Caridad mediante la administración ilícita y sacrílega de los sacramentos de Dios y abusando de su misericordiosa bendición. No pocos, además, propagan sin esconderse, su pretensión de cambiar la Doctrina y la Moral secular de la Iglesia. Eso sí es rebeldía, contra Dios, contra el Papa y contra el pueblo fiel.

El presente mensaje conlleva el sincero deseo de ayudar filialmente al Santo Padre en su misión de guiar al Pueblo Santo de Dios como tantas veces nos ha pedido. Cuenta todos los días con nuestra oración.

Firmamos, por orden alfabético, sin excepción, todos los sacerdotes que servimos en la Prelatura de Moyobamba, el día 2 de enero de 2024

P. Jesús A. Anaya Ramírez, O.S.J.

P. Augusto César Bernal Gómez

P. Emilio Bosch Acarreta

P. Henry Carrero Llatance

P. Robehrt Carrasco Vela

P. Rafael Contreras Saro

P. Paweł M. Chudzik

P. Ignacio María Doñoro de los Ríos

P. Marek Duliniec

P. Isael Jiménez Rodríguez

P. Stanisław Knurowski

P. Grzegorz A. Kubalica

P. Abel Lucio Loayza Enríquez

P. Toribio López Cahuaza

P. Rober Martínez Guerrero

P. Roberto Mejía Altamirano, C.P.

P. Wilmer Montenegro Olivera

P. José Joaquín Morales Arriero

P. Miquel Moré Bosch

P. Álex Amner Muñoz Marín

P. Gastón Murrieta García

P. Juan M. Navarro Colmenares, C.M.

P. Henry M. Obregón Cueva, O.S.J.

P. Adrián Ochoa Mendoza

P. Moisés Pérez Díaz

P. Juan José Preciado Porras

P. Segundo Felaún Fatama, C.P.

P. Miguel Flores Dávila

P. Wenceslao C. Flores Gómez

P. Johnny García Abad

P. Santos García-Mochales Martín

P. Gabriel García Ramos

P. José Gilver Guamuro Vilchez

P. Neyser Guerrero García, D.F.

P. José Manuel Heredia Soriano

P. Víctor Ramos Vásquez

P. Antonio Javier Reyes Guerrero

P. Luis Felipe Rivas Flores

P. Nicolás Jesús Rivero Moreno

P. Enrique Rodríguez Torrejón

P. Raúl Romero Ipushima, C.P.

P. Jaime Ruiz del Castillo Ubach

P. Cristhian B. Seclén Sandoval, C.M.

P. Paweł J. Stec

P. Jorge Luis Tamani del Águila

P. Juan Cruz Ustarroz Irízar, C.P.

P. Witmer Vargas Yshuiza

P. Percy Vásquez Chávez

P. Roque Vásquez Ruiz

P. Saulo Vásquez Urrutia

P. Guido Zarriello, D.F.