EL DAÑO YA ESTÁ HECHO
En la ONPE son 10 funcionarios, de las principales áreas electorales, que han incurrido en delito administrativo y penal.
En la misma forma, el Gerente de Informática, es responsable de todas las anomalías existentes en el sistema tecnológico electoral. O sea, fallo del sistema STAE y pésima digitación.
El daño ya está hecho y no puede ser subsanado de ninguna manera para esta segunda vuelta, por cuanto, la afectación al voto y al derecho de elegir del ciudadano ha sido afectado.
Por último, el señor Burneo, presidente de la JNE, tiene también responsabilidad penal por no haber ejercido su rol de fiscalizador a sabiendas de la existencia múltiple de irregularidades
LA NOTA:
La Contraloría General de la República (CGR) publicó un informe de control que determina presunta responsabilidad penal y/o administrativa entidad en 10 funcionarios de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), incluyendo al exjefe de dicha entidad, en una serie de irregularidades que provocaron demoras y la afectación del derecho de sufragio de 55 261 electores de Lima Metropolitana durante la primera vuelta de las Elecciones Generales 2026, realizada el pasado 12 de abril.
Favorecimiento indebido
En el Informe de Control Específico n.° 8536-2026-CG/JUSPE-SCE se revela que funcionarios de la Subgerencia de Producción Electoral y la Gerencia de Gestión Electoral de la ONPE requirieron la contratación del servicio de transporte de carga a nivel nacional para el despliegue y repliegue de material, equipos informáticos electorales e implementos para simulacro y sufragio, con términos de referencia que no determinaban la cuantificación real de vehículos requeridos para el transporte de material y equipos informáticos electorales.
Estas situaciones afectaron el correcto funcionamiento de la administración pública durante el proceso electoral al favorecer indebidamente al postor ganador, quien además dio el servicio con 437 vehículos de terceros (92 % del utilizado) y solo con 40 vehículos propios (8 %), lo que se originó por el accionar irregular de los evaluadores designados para la fase de selección.
Del mismo modo se verificó el accionar irregular del subgerente de Producción Electoral y del gerente de Gestión Electoral de la ONPE, quienes a pesar de tener conocimiento de la cantidad mínima de vehículos que se requería (68 vehículos propios hasta un total de 400 vehículos), no actualizaron su requerimiento y se procedió a elaborar los términos de referencia sin determinar ni consignar en los mismos la cuantificación real de vehículos (400) para realizar el servicio de transporte a los locales de votación de Lima Metropolitana y Callao.
Distribución inoportuna afectó a electores
Otro hecho irregular fue que funcionarios de la Subgerencia de Infraestructura y Seguridad Tecnológica, de la Gerencia de Informática y Tecnología Electoral, de la Subgerencia de Producción Electoral y la Gerencia de Gestión Electoral solicitaron y permitieron el traslado de equipos informáticos electorales de la jornada de capacitación (realizada el 5 de abril de 2026) para destinarlos al proceso de Elecciones Generales 2026 como contingencia.
Sin embargo, ello se realizó sin efectuar las gestiones necesarias para cubrir la demanda de equipos y sin realizar ninguna observación, viabilizando el repliegue y entrega inoportuna de dichos equipos, a pesar de tener conocimiento de la afectación al cronograma del Plan Operativo Electoral (POE).
Tales hechos generaron que se distribuya inoportunamente el material y equipos informáticos electorales a 3605 mesas de sufragio, de las cuales 187 no fueron instaladas el día de la votación en Lima Metropolitano y se afectó el derecho de sufragio de 55 261 electores y la finalidad pública de las contrataciones de laptops, impresoras y del servicio de transporte para su despliegue.
La Contraloría determinó que funcionarios de la Subgerencia de Producción Electoral, la Gerencia de Gestión Electoral, la Subgerencia de Logística, la Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Administración tramitaron y aprobaron, entre el 7 y 9 de abril de 2026, prestaciones adicionales por S/ 650 205.94, derivado del contrato de servicio de transporte de material y equipos informáticos electorales por S/ 6 368 332.75, sin el sustento técnico y legal que justifique que resultaban indispensables y necesarios para alcanzar la finalidad pública del contrato.









